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Delito Medioambiental y Vertidos de Agua: Defensa en Huesca

Escrito por Marcos Francoy | 19 sept 2026, 7:36:20

La incoación de un procedimiento penal por supuestas infracciones contra el medio ambiente o los recursos naturales plantea un escenario de extrema gravedad para el tejido empresarial y agropecuario. Ya sea en diligencias instruidas ante los Juzgados de la capital oscense o en los partidos judiciales con intensa actividad agrícola e industrial de Jaca, Boltaña, Barbastro, Monzón o Fraga, o en cualquier punto del territorio nacional, la investigación por delito medioambiental (Art. 325 CP) exige una contestación técnica que fusione el Derecho Penal con la ingeniería ambiental.

El Código Penal sanciona severamente las conductas que, contraviniendo las leyes u otras disposiciones protectoras del medio ambiente, causen o puedan causar daños sustanciales a la calidad del aire, del suelo o de las aguas.

El Delito contra el Medio Ambiente y los Recursos Naturales (Arts. 325 y 326 CP)

El ordenamiento penal castiga tanto el daño ambiental efectivo como la creación de un peligro grave para el equilibrio de los sistemas naturales.

Tipos Penales y Marcos de Condena

  1. Tipo Básico de Delito Medioambiental (Art. 325.1 CP): Provocar o realizar directa o indirectamente emisiones, vertidos, radiaciones, extracciones o excavaciones que puedan perjudicar gravemente el equilibrio de los sistemas naturales. Se castiga con penas de prisión de 6 meses a 2 años, multa e inhabilitación profesional.
  2. Subtipo Agravado por Riesgo Grave para la Salud (Art. 325.2 CP): Si la conducta crea un riesgo de daño grave para la salud de las personas, la pena se eleva a prisión de 2 a 5 años.
  3. Responsabilidad Penal de la Persona Jurídica (Art. 31 bis y Art. 328 CP): Las empresas o explotaciones societarias pueden ser sancionadas con penas de multa cuantiosas, suspensión de actividades o clausura de locales si carecen de un sistema de cumplimiento (Compliance Ambiental).

La Clave Procesal: Pericia Ambiental y Delimitación del Riesgo

En los procedimientos incoados ante los Juzgados de Instrucción de Huesca, Jaca, Boltaña, Barbastro, Monzón o Fraga, el atestado del SEPRONA debe ser sometido a un riguroso control técnico.

Ejes de la Intervención Letrada

  • Para la Defensa de la Empresa y Administradores: Encargar de inmediato una contrapericial ambiental independiente que analice la metodología de toma de muestras de agua o suelo, verificando si se respetaron los protocolos de cadena de custodia y si los valores detectados superan objetivamente el umbral de afección grave exigido por la jurisprudencia del Tribunal Supremo.
  • Inexistencia de dolo y cumplimiento de licencias: Demostrar que la instalación operaba amparada por autorizaciones administrativas válidas o que el evento respondió a un episodio fortuito y puntual sin intencionalidad defraudatoria ni negligencia inexcusable.

Asesoramiento Especializado en Derecho Penal Económico y Medioambiental

Afrontar una querella o atestado por delito medioambiental requiere una dirección letrada especializa con experiencia en litigación penal y prueba científica compleja.

Desde nuestro despacho, ejercemos la defensa técnica de empresarios, agricultores y administradores ante todos los juzgados de la provincia de Huesca y en los tribunales del resto de España.

¿Ha recibido una citación judicial por delito medioambiental o vertidos en Huesca, Jaca, Boltaña, Barbastro, Monzón o Fraga?

Tenga en cuenta que cada procedimiento penal por el artículo 325 del Código Penal es único y presenta circunstancias técnicas, periciales y normativas totalmente singulares; por ello, la articulación de una estrategia de defensa adecuada y efectiva exige un estudio analítico e individualizado de su caso particular.

Valore de inmediato su situación procesal con un asesoramiento penal técnico antes de prestar declaración ante la Autoridad Judicial.

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